Moción sobre los Plumeros de la Pampa

Partido Comunista de Villaviciosa
Ayuntamiento de Villaviciosa de Asturias

Andrés Huerta Suárez, con DNI 11336405G, secretario del PCA en Villaviciosa de Asturias presenta la siguiente MOCIÓN:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Las especies vegetales y animales de otras latitudes del planeta afectan de manera irreversible a los seres vivos autóctonos. Cada vez más se producen invasiones alóctonas en otros territorios. Estas especies con una gran capacidad de adaptación se convierten en una amenaza para especies autóctonas ya que pueden entrar en competencia por alimento y territorio.
La entrada de especies invasoras es, tras la destrucción del hábitat, la principal causa de extinción de plantas y animales y, algunas, pueden llegar a alterar el propio funcionamiento del ecosistema.
Entendemos entonces por planta invasora, como aquella especie exótica que es capaz de adaptarse, vivir, competir y reproducirse en otro sitio al originario y que produce un efecto negativo sobre la flora y fauna local.
En Asturias, conocemos bien el impacto de las especies alóctonas. Especies como el Eucalipto llevan afectando a toda la franja costera española desde hace años. De igual modo, la Cortadera selloana o Plumero de la Pampa, está afectando a Asturias. En los últimos años hemos sido testigos de una proliferación de esta planta invasora en todo el concejo de Villaviciosa de Asturias.
En atención a lo anteriormente expuesto, planteamos que el Ayuntamiento de Villaviciosa de Asturias tenga en cuenta los siguientes puntos para su ulterior aprobación.

PRIMERO.- El Ayuntamiento elaborará un informe de localización de estas plantas invasoras y su ubicación en fincas públicas o privadas.
SEGUNDO.- El Ayuntamiento procederá a limpiar y eliminar la planta Cortadeira selloana de todas aquellas fincas que sean de titulatidad municipal.
TERCERO.– El Ayuntamiento requerirá al Principado de Asturias que limpie y elimine la planta Cortadeira seollana de todas aquellas fincas, terrenos, carreteras que sean de titularidad autonómica, en un plazo de 6 meses desde la efectiva notificación.
CUARTO.- El Ayuntamiento requerirá al Ministerio de Fomento que limpie y elimine la planta Cortadeira selloana de todas aquellas fincas, terrenos, carreteras que sean de titularidad estatal, en un plazo de 6 meses desde la efectiva notificación.
QUINTO.- El Ayuntamiento contactará con el Técnico de Medio Ambiente de la Mancomunidad para solicitarle un informe sobre el procedimiento más adecuado para llevar a cabo esa eliminación. Este informe se adjuntará al resto de propietarios requeridos.
SEXTO.– El Ayuntamiento requerirá a los propietarios de fincas privadas que limpien y eliminen la planta Cortadeira selloana de todas aquellas fincas y terrenos que sean de su propiedad en un plazo de 6 meses desde que sea efectiva la notificación.
En el supuesto de fincas privadas pertenecientes a personas físicas y que no tengan fin comercial y/o urbanístico el Ayuntamiento podrá colaborar con los trabajos de limpieza.

 

En Villaviciosa, 6 de Octubre de 2016

Andrés Huerta Suárez
Secretario del Partido Comunista de Asturias (PCA) en Villaviciosa